AFP – Conoce como acceder al retiro deL 25% de tus fondos.

Para tal efecto, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó hoy, la Resolución N° 1352-2020 en el diario oficial El Peruano, el procedimiento operativo que permite realizar el retiro correspondiente, autorizado por la Ley N° 31017.

 
¿Cuándo puedo presentar la solicitud?
 
A partir del 18 de mayo del presente año.
 
 

¿A través de qué medio puedo presentarla?

La SBS establece que las AFP establecerán y difundirán los canales de información y atención de las solicitudes de los afiliados. En este sentido, deberán cuidar que el proceso de registro de las solicitudes sea sencillo y ágil.

 
 

¿Cuánto puedo retirar?

El monto máximo es el equivalente a tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (12,900 soles) y un monto mínimo equivalente a una UIT (4,300 soles).

 

¿Cómo está determinado el monto a retirar?

La SBS precisa que los afiliados podrán acceder a los siguientes montos, de acuerdo a lo acumulado en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).

Cabe resaltar que los este beneficio estaá vigente por unica vez por un plazo máximo de 60 días calendario, contados a partir de hoy lunes 11 de mayo.

¿Dónde recibo mi dinero?

Las AFP son responsables de disponer el medio idóneo a fin de hacer efectivo el pago, buscando maximizar la cobertura de afiliados que solicitaron el retiro extraordinario, atendiendo a las condiciones de la emergencia sanitaria nacional. 

Para tal efecto, podrán suscribir convenios con entidades del sistema financiero u otras que faciliten el pago.

Fuente: andina.pe

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