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lo ultimo: Quiénes cobran FONAVI en enero 2024 | Padrón de fonavistas y cómo cobrar vía Banco de la Nación [infórmate aquí]

lo ultimo: Quiénes cobran FONAVI en enero 2024 | Padrón de fonavistas y cómo cobrar vía Banco de la Nación [infórmate aquí]

La reglamentación que posibilita el inicio del proceso de reembolso a los exaportantes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) ha sido oficialmente publicada por el Gobierno en El Peruano. Con esto, la Comisión Ad Hoc está autorizada para restituir los aportes monetarios a aquellos fonavistas que hayan podido demostrar sus contribuciones, así como a aquellos cuyos periodos de aportes han sido confirmados hasta la fecha, siendo reembolsados mediante una fórmula de distribución.

¿QUÉ SE SABE DEL PAGO A BENEFICIARIOS EN EL 2024?

Eduardo Gaytán Vilca, portavoz de la comisión ad hoc del Fonavi, informó que aquellos que no pudieron inscribirse inicialmente en la Secretaría Técnica del Fonavi tendrán la oportunidad de hacerlo en enero. Gaytán señaló que el registro se abrirá en la primera semana de enero, con el propósito de brindar la posibilidad a los denominados «rezagados» de unirse a los pagos programados para los meses venideros.

¿QUÉ DICE EL REGLAMENTO SOBRE LA DEVOLUCIÓN DEL FONAVI?

La medida fue oficializada a través del Decreto Supremo Nº 280-2023-EF, publicada este jueves en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La medida fue oficializada a través del Decreto Supremo Nº 280-2023-EF, publicada este jueves en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

El objetivo de esta normativa es establecer un orden en los procesos relacionados con la restitución de contribuciones al Fonavi, implementar acciones de simplificación administrativa y mejorar la eficiencia de dichos procedimientos, especialmente en lo que respecta al registro y pago a los beneficiarios de fonavistas fallecidos, así como la gestión de los activos propiedad del Fonavi, entre otras medidas.

CRONOGRAMA DE PAGOS DE FONAVI

De acuerdo a las declaraciones que brindó Héctor Cuadros, gerente de la Red de Agencias delBanco de la Nación, el pago a los beneficiarios se dará en seis fechas, iniciando este 21 de diciembre consulta aquí el cronograma:

CRONOGRAMA DE PAGOS DE FONAVI
21 al 23 de diciembre
26 al 28 de diciembre
29 de diciembre

Cabe recalcar que, el 29 de diciembre se dará el pago a rezagados. La entrega de los aportes se dará de acuerdo al número de DNI, revisa qué día te corresponde:PUBLICIDADPUBLICIDAD

DÍAÚLTIMO DÍGITO DEL DNI
Jueves 21 de diciembre:0 y 1
Viernes 22 de diciembre2 y 3
Sábado 23 de diciembre4
Martes 26 de diciembre5 y 6
Miércoles 27 de diciembre7 y 8
Jueves 28 de diciembre9
Viernes 29 de diciembre:solo rezagados

¿COMO SE REALIZA LA DEVOLUCIÓN DE FONAVI?

Los beneficiarios de la devolución de aportes podrán cobrar a través del Banco de la Nación, en sus sucursales a nivel nacional; para dicho efecto el fonavista suscribirá los documentos que le sean requeridos.

Se les dará prioridad a las personas mayores de 60 años, las registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a las que tienen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o deudos.

QUIENES SERÍAN LOS PRIMEROS EN COBRAR DEVOLUCIÓN DE FONAVI.

La Comisión Ad Hoc debe atender en forma prioritaria a las personas mayores de 60 años, a las registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), a las que tienen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o deudos.

La devolución de aportes al FONAVI será al fonavista titular o a su representante debidamente autorizado y, en caso de fallecimiento será a sus deudos, conforme al siguiente orden de de prelación excluyente:

a) El cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho, hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis.

b) Los hijos mayores de edad.

c) Los padres.

d) Los hermanos.

d) Los hermanos.de las

e) A falta de las personas indicadas precedentemente, la devolución corresponde a quienes acrediten ser deudos del fonavista fallecido mediante sucesión intestada o testamentaria.

Cuando el monto a devolver supere el valor de 4 UIT por ocasión de cobro, de ser el caso, el deudo del fonavista titular fallecido , debe acreditar el vínculo a través de sucesión intestada o testamento debidamente inscrito en Registros Públicos.

LINK DE DEVOLUCÍON DEL FONAVI

Sigue estos pasos para consultar si estás registrado para la devolución de aportes 2023:

1. Accede al sitio web oficial de la Secretaría Técnica del FONAVI o click aquí.

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