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CTS 2023: ¿Cuándo Depositarán la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los docentes contratados?

CTS 2023: ¿Cuándo Depositarán la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los docentes contratados?

¿Qué es Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) ?

Al concluir su contrato, el profesor contratado recibe una compensación por tiempo de servicio equivalente al 100% de su sueldo mensual por cada año o fracción que exceda los seis meses de servicio ininterrumpido.

¿Cuánto será el Pago por  Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) ?

A partir del año 2023, los profesores que estén bajo contrato recibirán el 100% de su remuneración como Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), conforme a lo establecido en el Artículo 24 del Decreto Supremo Nº 001-2023-MINEDU, con las correcciones señaladas en su fe de erratas. Según dicho artículo, dentro de los derechos otorgados al profesor contratado, se destaca la compensación por tiempo de servicios (CTS), la cual se entrega al concluir su relación laboral y equivale al 100% de su remuneración íntegra mensual (RIM) por cada año o fracción que supere los seis (6) meses de servicios prestados.

 
Los docentes y auxiliares bajo contrato que trabajen 30 horas recibirán una compensación por tiempo de servicios (CTS) de 3100.50 soles, mientras que aquellos con una jornada laboral de 40 horas obtendrán un monto de 4134.00 soles. En el caso de aquellos con jornadas laborales diferentes, recibirán los mismos montos que hayan percibido como Remuneración Mensual.

¿Cuándo depositarán el Pago por  Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) ?

Siguiendo los compromisos establecidos por el Ministerio de Educación (MINEDU), las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) deben realizar el depósito correspondiente al pago por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en una planilla adicional antes del 2 de febrero de 2024. Este pago se destina a todos los docentes y auxiliares contratados que hayan prestado sus servicios por un período mínimo de 6 meses durante el año 2023.

¿Se debe presentar alguna documentación para el pago del CTS?

Los docentes y auxiliares de educación, que tuvieron contrato en una Resolución Directoral emitida por la UGEL, de marzo al 31 de diciembre del 2023, NO ES OBLIGATORIO PRESENTAR DOCUMENTACION PARA OBTENER EL BENEFICIO, EL CUAL SERA RECONOCIDO AUTOMATICAMENTE.

Para el caso de Resoluciones Directorales mayores a 06 meses de servicios continuos, se presentará una solicitud mediante Formulario Único de Tramite – FUT  a su UGEL, donde deberá precisar los siguientes datos:

  • Numero de Resolución de Contrato.
  • Vigencia del Contrato (fechas: inicio y fin).
  • Nombre de la Institución Educativa donde presto los servicios.
  • Jornada Laboral.
  • Nivel: Inicial, Primaria, Secundaria, Cetpro, Cebe, Ceba.

Ver Normativa:

Decreto Supremo N° 001-2023-MINEDU Fe de erratas | APRUÉBESE LA “NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LAS CONTRATACIONES DE PROFESORES Y SU RENOVACIÓN EN EL MARCO DEL CONTRATO DE SERVICIO DOCENTE EN EDUCACIÓN BÁSICA Y TÉCNICO PRODUCTIVA, A QUE HACE REFERENCIA LA LEY Nº 30328, LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS EN MATERIA EDUCATIVA Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES”, LA MISMA QUE, COMO ANEXO, FORMA PARTE DEL PRESENTE DECRETO SUPREMO. DERÓGUESE EL DECRETO SUPREMO Nº 015-2020-MINEDU.

Decreto Supremo N° 001-2023-MINEDU | 23 de enero de 2023 Apruébese la “Norma que regula el procedimiento para las contrataciones de profesores y su renovación en el marco del contrato de servicio docente en educación básica y técnico productiva, a que hace referencia la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones”, la misma que, como anexo, forma parte del presente Decreto Supremo.  Deróguese el Decreto Supremo Nº 015-2020-MINEDU.

Sitio Oficial del MINEDU:

https://www.gob.pe/minedu

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